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Bandera Perú
Transferencia monetaria

Asistencia Económica para Casos de Orfandad por la COVID-19 -Bono Orfandad

Fecha del anuncio

7/28/2020

Fecha de inicio

6/1/2021

Fecha de la última actualización

9/29/2021

Descripción

Bono para niños y niñas que hayan perdido a sus padres durante la pandemia y que dura hasta que alcancen la mayoría de edad. Esta transferencia debe ser usada para la alimentación, educación, salud física y mental u otras necesidades relativas al desarrollo integral de los niños, niñas o adolescentes.

Fuentes oficiales

El Peruano (02-17-21). 'Decreto de Urgencia N°020-2021 del 17 de febrero de 2021'. [https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1679575/DU020_2021.pdf.pdf].

Gobierno de Perú (07-30-21). 'Meta superada: Mas de 11 000 niñas, niños y adolescentes acceden a la pensión de orfandad por COVID-19'. [https://www.gob.pe/institucion/inabif/noticias/508885-meta-superada-mas-de-11-000-ninas-ninos-y-adolescentes-acceden-a-la-pension-de-orfandad-por-covid-19].

Gobierno de Perú (s.f). 'Asistencia Económica para Casos de Orfandad por la COVID-19'. [https://www.gob.pe/pensiondeorfandad].

Características de la medida

Tipo de medida

Transferencia monetaria (1)

Ámbito

Protección del ingreso (1)

Población meta

Niños y niñas que hayan perdido a sus padres (2)

Forma de entrega

10,900 niños, niñas y adolescentes.

Frecuencia / duración

Cada dos meses.
Durante la vigencia del presente Decreto de Urgencia. La persona receptora pierde su elegibilidad si cumple 18 años durante la vigencia del presente Decreto de Urgencia.

Sistema de registro de destinatarios

Registros del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar

Marco legal

Decreto de Urgencia N°020-2021 del 17 de febrero de 2021

Institución responsable

Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (INABIF)/ Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables