Asistencia Económica para Casos de Orfandad por la COVID-19 -Bono Orfandad
7/28/2020
6/1/2021
9/29/2021
Bono para niños y niñas que hayan perdido a sus padres durante la pandemia y que dura hasta que alcancen la mayoría de edad. Esta transferencia debe ser usada para la alimentación, educación, salud física y mental u otras necesidades relativas al desarrollo integral de los niños, niñas o adolescentes.
El Peruano (02-17-21). 'Decreto de Urgencia N°020-2021 del 17 de febrero de 2021'. [https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1679575/DU020_2021.pdf.pdf].
Gobierno de Perú (07-30-21). 'Meta superada: Mas de 11 000 niñas, niños y adolescentes acceden a la pensión de orfandad por COVID-19'. [https://www.gob.pe/institucion/inabif/noticias/508885-meta-superada-mas-de-11-000-ninas-ninos-y-adolescentes-acceden-a-la-pension-de-orfandad-por-covid-19].
Gobierno de Perú (s.f). 'Asistencia Económica para Casos de Orfandad por la COVID-19'. [https://www.gob.pe/pensiondeorfandad].
Características de la medida
Transferencia monetaria (1)
Protección del ingreso (1)
Niños y niñas que hayan perdido a sus padres (2)
10,900 niños, niñas y adolescentes.
Cada dos meses.
Durante la vigencia del presente Decreto de Urgencia. La persona receptora pierde su elegibilidad si cumple 18 años durante la vigencia del presente Decreto de Urgencia.
Registros del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar
Decreto de Urgencia N°020-2021 del 17 de febrero de 2021
Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (INABIF)/ Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables