Programa de apoyo para gastos funerarios
11/24/2020
12/2/2020
4/20/2022
Apoyo universal que llegará a las personas que lo soliciten, sin importar su condición socioeconómica y si tienen o no Seguridad Social. Las personas solicitantes deben contar con acta de defunción por COVID-19, acreditar parentesco y declarar que el apoyo se utilizará para la recuperación económica tras la muerte de su familiar. La fecha de defunción tuvo que registrarse entre el 18 de marzo de 2020 y hasta la publicación oficial del fin de la emergencia sanitaria. Se tendrá un plazo de hasta un año a partir de la defunción del familiar para pedir el apoyo.
IMSS (12-02-20). 'Inicia entrega de Apoyo para Gastos Funerarios a Familiares de Personas Fallecidas por COVID-19'. [http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202012/811].
Presidencia (11-27-20). 'Familiares De Personas Fallecidas Por COVID-19 Recibirán Apoyo Económico Para Gastos Funerarios, Anuncia Presidente'. [https://presidente.gob.mx/familiares-de-personas-fallecidas-por-covid-19-recibiran-apoyo-economico-para-gastos-funerarios-anuncia-presidente/].
Secretaría de Salud (11-24-20). 'A partir del 2 de diciembre, familiares de personas fallecidas por COVID-19 contarán con apoyo para gastos funerarios'. [https://www.gob.mx/salud/prensa/a-partir-del-2-de-diciembre-familiares-de-personas-fallecidas-por-covid-19-contaran-con-apoyo-para-gastos-funerarios?idiom=es].
Características de la medida
Transferencia monetaria (1)
Contención del gasto del usuario (7)
El solicitante puede ser: padre, madre, esposa, esposo, concubina, concubino, hija, hijo (mayores de 18 años) u otro familiar que acredite el parentesco con la persona fallecida. (3)
Transferencia a cuenta bancaria
Una vez, por persona fallecida
En bancos o cajeros
-Innovación: Postulación en línea en la plataforma
[www.deudoscovid.gob.mx]
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF)