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Bandera de México
Fijación de precios

Servicio de energia eléctrica

Fecha del anuncio

4/16/2020

Fecha de inicio

4/17/2020

Fecha de la última actualización

8/26/2021

Descripción

Los usuarios domésticos que rebasen el límite de la tarifa eléctrica subsidiada durante la pandemia del Covid-19 no pasarán a la tarifa Doméstico de Alto Consumo (DAC). Esta medida aplicará para los consumos realizados desde el 30 de marzo y hasta 7 días naturales después de se determine el fin de la emergencia sanitaria.Durante este periodo sí se realizaran reclasificaciones hacia tarifas más bajas, cuando corresponda.

Fuentes oficiales

Diario Oficial de la Federación (04-17-20) - Acuerdo 39/2020, Secretaría de Hacienda 'ACUERDO por el que se determina el mecanismo de fijación de tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico a usuarios domésticos (...)'. [http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591868&fecha=17/04/2020]

Secretaría de Hacienda y Crédito Público (04-17-20). 'Comunicado No. 043 SHCP acuerda que CFE no considerará consumos domésticos de energía eléctrica con tarifa DAC durante contingencia'. [https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-043-shcp-acuerda-que-cfe-no-considerara-consumos-domesticos-de-energia-electrica-con-tarifa-dac-durante-contingencia].

Características de la medida

Tipo de medida

Fijación de precios (3) (7)

Ámbito

Acceso a servicios básicos (3) (7)

Población meta

Usuarios domiciliarios del servicio de energía eléctrica (3)

Forma de entrega

En efectivo o en especie

Frecuencia / duración

Mensual, durante la contingencia

Lugar de entrega

A domicilio

Marco legal

Diario Oficial de la Federación (04-17-20), Acuerdo 39/2020

Institución responsable

Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)