Bono al Trabajo de la Mujer (2009- )
2009-
El programa Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) busca resolver la baja inserción laboral de la mujer para el grupo etario entre 25 y 59 años de edad con alta vulnerabilidad socioeconómica. Para esto, el programa entrega un aporte monetario, que forma parte del Ingreso Ético Familiar, pagado directamente a las mujeres trabajadoras que hayan postulado y que cumplan los requisitos de acceso, y a sus empleadores.
Características
Mujeres trabajadoras, dependientes o independientes, entre 25 y 59 años de edad que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población.
Nacional
1) Categórica (mujeres dependientes o independientes, entre 25 y 59 años de edad) 2) Comprobación de medios directa según la Calificación Socioeconómica (CSE)
Puntaje de focalización (PFSE) que asocia la Ficha de protección social (FPS) y un índice de empleabilidad (IE). El programa utilizará el Registro Social de Hogares (RSH) como reemplazo de la FPS en 2016.
Registro Social de Hogares (RSH)
La trabajadora podrá recibir este beneficio durante cuatro años continuos o al cumplir los 60 años, mientras que cada empleador podrá recibir el subsidio por 24 meses.
Institucionalidad
Ley 20.338/2009; Ley 20.595/2012, Circular 2844/2012, Decreto Nº3/2012 (Ministerio de Desarrollo Social)
Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) / Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Unidad Central, Unidad de Subsidio al Empleo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE)
Gobierno de Chile
1) Subsidio Trabajadora
Mujeres entre 25 a 59 años de edad pertenecientes al 40% más vulnerable de la población, medido según el instrumento de focalización vigente, que se encuentren ocupados, desocupados o inactivos previo a la postulación al programa, y que, al momento de conceder el beneficio, cumplan con los requisitos establecidos en la Ley N°20.595, los que corresponden a: - Que sean trabajadoras (dependientes o independientes). - Que tengan cotizaciones previsionales al día. - Que presenten una renta bruta anual mayor a un peso e inferior al tramo de renta anual establecida por circular N° 2844 (SUSESO), en el año correspondiente o una renta bruta mensual inferior al tramo de renta establecido, si optan por adelanto provisional mensual. - No trabajar en una empresa del Estado o que tenga un aporte superior al 50% de parte del Estado. - No tener el beneficio del Subsidio al Empleo Joven (SEJ). Además para efectos del cálculo del monto del Bono es requisito que las cotizaciones previsionales, den cuenta de una renta bruta mensual inferior a $488.217 o renta bruta anual inferior a $5.858.599 (estos valores corresponden al año 2020 y se reajusta anualmente).
Según los ingresos de la trabajadora
Efectivo o deposito bancario
Anual o mensual
Pariticipante directa
Tener cotizaciones al día. No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
Valor máximo de 570.825 anuales o 35.677 mensuales
Informe Final de Evaluación "Programa Bono al Trabajo de la Mujer"
Rosario Bello Barros Javier Bronfman Horovitz Marcela Iglesias Gac
2016
Ministerio del Trabajo y Previsión Social Servicio Nacional de Capacitación y Empleo
Evaluación
Evaluación de Implementación de Programas Subsidio al Empleo Joven y Bono al Trabajo de la Mujer año 2016
ARSChile Spa
2016
ARSChile Redes Sociales
Evaluación