Subsidio al Empleo Jóven (2009- )
2009-
El subsidio al empleo joven (SEJ) es una iniciativa orientada a los(as) trabajadores(as) jóvenes dependientes, sus empleadores(as) y a los(as) trabajadores(as) independientes, mejorando sus sueldos y apoyando a quienes los contratan. El programa busca incentivar la participación en el empleo formal dependiente de personas entre 18 y 25 años pertenecientes al 40% más vulnerable. Entrega un subsidio de hasta 30% la remuneración mínima, 20% se entrega al trabajador joven y 10% a la empresa. El porcentaje del subsidio va reduciéndose de manera progresiva a medida que aumenta el salario del joven, extinguiéndose cuando el salario alcanza los 440.378 mensuales pesos mensuales (o su equivalente anual). Los jóvenes beneficiarios pueden elegir recibir el subsidio en una cuenta vista o en una cuenta corriente, o de manera presencial a través de un servicio de oficinas; también pueden elegir si recibir el subsidio mensualmente o en una sola armada anual. Por su parte, las empresas reciben el subsidio a través de depósitos en su cuenta vista mensualmente, siempre que se encuentre al día en las cotizaciones a la seguridad social de sus trabajadores.
Características
Jóvenes trabajadores, dependientes e independientes, entre 18 a 25 años pertenecientes al 40% más vulnerable, acreditar una renta bruta anual inferior a $5.858.599 ($488.217 mensual), no ser empleado público. Empleadores cuyos trabajadores cumplan los requisitos.
Nacional
1) Categórica (Jóvenes trabajadores, dependientes e independientes, entre 18 a 25 años ) y 2) Comprobación de medios indirecta (Proxy means test) (pertenecientes al 40% más vulnerable)
Registro Social de Hogares (Decreto 22, 2015)
El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador tenga 24 años de edad, su remuneración no supere el límite legal establecido y no trabaje en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%.
Los destinatarios tendrán derecho a pedir plazo adicional. El plazo adicional se contará a partir del primer día del mes siguiente de aquel en que el trabajador cumpla 25 años, y sólo se podrá extender hasta el mes en que el trabajador cumpla 27 años de edad. Este beneficio se puede extender en 2 casos: estudios o maternidad.
Institucionalidad
Ley N°20.338, Decreto Supremo N° 28, Circular N° 2536, Circular N° 2675
Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaria del Trabajo
Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE)
Gobierno de Chile
1) Traspaso de recursos a trabajadores con beneficio concedido (Transferencia Monetaria - Subsidio)
Joven trabajador dependiente o independiente que cumpla con los criterios de focalización
Según los ingresos del trabajador
Deposito en cuenta bancaria o retiro en efectivo
Mensual o anual
Destinatario/a directo/a
En un periodo de 12 meses presentan al menos una cotización. Es obligatorio para el trabajador haber egresado de la Enseñanza Media antes de los 21 años.
Máximo de 520.765 anuales o 32.548 mensuales
2) Traspaso a empresas con beneficio concedido (Transferencia Monetaria - Subsidio)
Joven trabajador dependiente que cumpla con los criterios de focalización
Según los ingresos del trabajador
Deposito en cuenta bancaria o retiro en efectivo
Empleadores que postulan al programa y tengan trabajadores con postulaciones concedidas
En un periodo de 12 meses presentan al menos una cotización. Es obligatorio para el trabajador haber egresado de la Enseñanza Media antes de los 21 años.
Máximo de 520.765 anuales o 32.548 mensuales
Evaluación de Implementación de Programas Subsidio al Empleo Joven y Bono al Trabajo de la Mujer año 2016
ARSChile Spa
2016
ARSChile Redes Sociales
Evaluación
Evaluación de Impacto del Programa Subsidio al Empleo Joven.
Centro de Microdatos
2012
Santiago de Chile. Departamento de Economía de la Universidad de Chile.
Evaluación de impacto