Servicio de telecomunicaciones
3/23/2020
5/31/2022
No se suspenderá la prestación durante el estado de emergencia. Los usuarios de telefonia móvil que incurran en impagos, contarán con un mes para saldar sus deudas, de no hacerlo se le garantizarán 200 mensajes de textos, la opción de recargar saldo y la navegación en 20 direcciones de internet.
Ministerio de Tecnologías de la información y las Comunicaciones (03-23-20). 'Decreto 464 de 2020' [https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20464%20DEL%2023%20DE%20MARZO%20DE%202020.pdf]
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (04-15-20). 'Decreto 555 de 2020' [https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20555%20DEL%2015%20DE%20ABRIL%20DE%202020.pdf]
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (04-15-20). 'Resolución número 19012 de 2020' [https://www.sic.gov.co/sites/default/files/boletin-juridico/Medida%20telcos-final%2021%2004.pdf].
Características de la medida
Servicios básicos (7)
Acceso a servicios básicos (3)
Usuarios de servicios de telecomunicaciones (1) (17)
En efectivo o en especie
Una vez, durante la contingencia
A domicilio
Decreto 464 del 23 de marzo de 2020
Decreto 555 del 15 de abril de 2020
Resolución No. 19012 de abril de 2020
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Superintendencia de Industria y Comercio