Oficina Local de la Niñez (OLN)
La OLN forma parte de la nueva institucionalidad de la niñez a nivel comunal, que se establece en el marco del Proyecto de Ley que crea un Sistema de Garantías y Protección Integral de derechos de la niñez y adolescencia.
Las Oficinas Locales de la Niñez son la institución encargada, a nivel comunal, de la promoción de derechos, la prevención de situaciones de riesgo y vulneraciones, y la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Son los encargados de la protección administrativa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, capaz de articular la defensa integral y universal de la niñez y adolescencia. Somos la primera puntada de tejido, en la red intersectorial de protección para los niños, niñas y adolescentes
2022
- Ministerio de Desarrollo Social y Familia (Subsecretaría de la Niñez)
Nivel Nacional
Niños, niñas, adeolescentes que cumplan hasta los 18 años de edad y sus familias
Promoción de derechos, la prevención de situaciones de riesgo y vulneraciones, y la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
A niños, niñas y adolescentes hasta que cumplan 18 años de edad, la Ley señala que, en caso de duda sobre la edad, se presumirá que es menor de edad, siempre que vaya en beneficio del ejercicio sus derechos. Así también, la Familia, debe ser considerada fundamentalmente en el modelo OLN, pues es considerada por la Ley, como el medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, en especial de los NNA, que debe recibir protección y asistencia para poder asumir sus responsabilidades dentro de la sociedad.
a) Orientar a los niños, niñas y adolescentes y a sus familias en el ejercicio de sus derechos. b) Fortalecer e impulsar la participación de los niños, niñas y adolescentes, sus familias, comunidades y la sociedad civil en materias relacionadas con la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. c) Detectar oportunamente riesgos de vulneraciones de derechos de un niño, niña o adolescente, teniendo en consideración los factores de riesgo y factores protectores de éste, su familia y su entorno. d) Iniciar y gestionar los procesos de protección administrativa universal y/o especializada de los derechos de los niños, niñas o adolescentes. * e) Realizar los procesos de protección administrativa universal ante la detección de riesgos de vulneración de cualquiera de sus derechos. * f) Realizar los procesos de protección administrativa especializada referidos en la presente ley, respecto de niños, niñas o adolescentes que se encuentren vulnerados en uno o más de sus derechos. * g) Llevar un registro único de los niños, niñas y adolescentes, y sus familias, que hayan sido sujetos de protección administrativa, tanto universal como especializada. h) Articular la oferta dirigida a niños, niñas y adolescentes, especialmente la oferta de los servicios sociales vinculados al Subsistema de Protección Integral de la Infancia "Chile Crece Contigo" y la oferta del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, a través de redes intersectoriales a nivel comunal, regional y nacional, procurando el acceso de los niños, niñas y adolescentes a la oferta social disponible y a los programas de protección especializados que se requieran. * Pese a la entrada en vigencia de la Ley, es necesario que se aprueben todos los reglamentos que la Ley señala para operar la protección administrativa. Una vez se cuenten con esta aprobación estas funciones se podrán ejecutar.
- 1. Fin a la pobreza
- 10. Reducción de las desigualdades
- 16. Paz, justicia, e instituciones sólidas
- Recursos propios de inversión
Gobierno nacional y gobiernos locales.
La implementación de las OLN, se realiza a nivel municipal, para lo cual se firma un convenio entre las Municipalidades del país y la Subsecretaría de la Niñez, esta última encargada de la supervisión y asistencia técnica. A la fecha, la OLN se ejecuta en 104 comunas del país, esperando ampliar a fines del 2023 a 199.